Vencimientos Impositivos Año 2019 (Notas)
Listado de Vencimientos correspondientes al año 2019 (Notas)
(1) Incluye el plazo para la recategorización. Con los cambios introducidos por la última reforma tributaria - L. 27.430 (BO. 29/12/2017) - las recategorizaciones pasaron a ser semestrales, por lo cual los días 21 de enero y 20 de julio vence el plazo para realizar las recategorizaciones correspondientes a los semestres julio - diciembre 2018 y enero-junio 2019, respectivamente. Según RG (AFIP) 4273 (BO:6/7/2018)
(2)Ganancia mínima presunta: el ingreso del saldo resultante deberá realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente al del vencimiento fijado para la presentación de la DDJJ correspondiente
(3) Los anticipos del impuesto a las ganancias personas humanas y del impuesto sobre los bienes personales vencen en los meses de febrero de 2019 (4º anticipo período fiscal 2018) y abril 2019 (5º anticipo período fiscal 2018)y agosto, octubre, diciembre de 209 y febrero y abril de 2020 (4to 5 5to anticip perido fiscal 2019, respectivamente).
(4) Ganancia Mínima Presunta: incluye sociedades comprendidas en el art. 49 inc b de la ley de impuestos a las ganancias y demás responsables (cuyos cierres de ejercicio coincidan con el año calendario)
(5) Incluye los monotributistas que deban continuar presentando la DDJJ del impuesto a las ganancias, por sus actividades no incluidas en el Régimen Simplificado y participaciones societarias con cierre de ejercicio diciembre 2018.
(6) Bienes personales: incluye responsables domiciliados en el país sujetos a participación en sociedades que cierren en diciembre 2018 y responsables sustitutos y por deuda ajena.