Ganancias: Deducciones personales y escalas del impuesto aplicables para el período 2018

Ponemos a disposición los importes de las deducciones anuales para el período fiscal 2018 y las tablas del trimestre enero/marzo 2018 para liquidar el impuesto a las ganancias de empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados y otros sujetos.

Señalamos que las mismas han sido difundidas por la AFIP en su página web.

DEDUCCIONES ANUALES PARA EL PERÍODO FISCAL 2018

CONCEPTO IMPORTES
TODO EL PAÍS EXCEPTO PATAGONIA PATAGONIA
Ganancia no imponible [L. 23 a)] 66,917,91 81.639,85
Cargas de familia [L. 23 b)]
-Cónyuge 62,385,20 76.109,95
Hijos (hasta 18 años) 31.461,09 38.382,53
- Máximo de entradas netas de los familiares a carqo 66,917,91 81,639,85
Deducción especial [L.23 c)]:
L. 79, a), b) y c) 321.205,97 391.871,28
-L. 79 d), e), f) y g). Computable siempre que se abonen los aportes que como trabajadores autónomos corresponda realizar al Sistema Integrado Previsional Arqentino o a las cajas de jubilaciones sustitutivas que correspondan(1) 66,917,91 81.639,85
-L. 49 para rentas comprendidas en dicho artículo, siempre que trabajen personalmente en la actividad o empresa 66,917,91 81.639,85
Gastos de sepelios (L. 22) 996,23 996,23
Intereses de créditos hipotecarios por préstamos otorgados a partir del 1/1/2001[L. 81 a)] 20.000 20,000
Primas de seguros [L. 81 b)] 996,23 996,23
Servicio doméstico(2) 66.917,91 81.639,85

FUENTE: WEB AFIP

Notas:
[1:] El cuarto párrafo del art. 47 del DR de la ley del gravamen, efectúa la siguiente aclaración: Los trabaiadores autónomos podrán computar dicha deducción siempre que se cumpla en forma concurrente: - que la totalidad de los aportes correspond¡entes a los meses de enero a diciembre del período fiscal que se declara se encuentren ingresados hasta la fecha de vencimiento general de la declaración jurada o se hallen incluidos en planes de facilidades de pago vigente.
- que el monto de los aportes sea el publicado por la Dirección y corresponda a la categoría denunciada por el contribuyente [2:] A través del art. 16 de la L. 26063 (BO: 9/f2/2005), se establece para los dadores de trabajo al personal de servicio doméstico la deduccíón de los importes abonados en el período fiscal en concepto de contraprestación por los servicios prestados y los importes abonados para la cancelación de aportes y contribuciones, Por su parte, a través del art. 10 de la RG (AFIP) 3693 (BO: 31/10/2014), se dispone que, para que resulte procedente el cómputo de esta deducción en la determinación del impuesto a las ganancias, se deberá tener y conservar a disposición de este Organismo:

  • a) Los tiques que respaldan el pago mensual, por cada trabajador del servicio doméstico, de los aportes y contribuciones obligatorios
  • establecidos por el art. 2.
  • b) El documento que acredite el importe abonado al trabajador de casas de servicio doméstico en concepto de contraprestación por
  • el servicio prestado.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. PERSONAL EN RELACION DE DEPENDENCTA, JUBITLADOS, PENSIONADOS Y OTROS. DEDUCCIONES PERSONALES. TABLAS PARA EL TRIMESTRE ENERO/MARZO 2018

A - TODO EL PAÍS EXCEPTO PATAGONIA

Concepto Importe acumulado enero $ Importe acumulado febrero $ Importe acumulado marzo $
A) Ganancias no imponibles [art, 23, inc. a)] 5.576,49 11.1152,98 76.729,48
B) Deducción por carga de familia [art. 23, inc. b)]
1. Cónyuge 5.198,775 10.397,53 15.596,30
2. Hijo 2.621,76 5.243,51 7.865,27
C) Deducción especial [art.23, inc. c); art. 79, inc. e)] 5.576,49 11.152,98 16,729,48
D) Deducción especial [art.23, inc. c); art. 79, incs. a), b) y c)] 26.767,16 53.534,33 80.301,49
E) Primas de seguro [art. 81, inc. b)] (1) 83,01 166,02 249,03
F) Gastos de sepelio (art. 22) (1) 83,01 166,02 249,03

B - PATAGONIA

Concepto Importe acumulado enero $ Importe acumulado febrero $ Importe acumulado marzo $
A) Gananacias no imponibles [art. 23, inc. a)] 6.803,32 13.606,64 20.409,96
B) Deducción por carga de familía Iart. 23, inc. b)]
1. Cónyuge 6.342,50 12.684,99 19.027,49
2. Hijo 3.198,54 6.397,09 9.595,63
C) Deducción especial [art. 23, inc. c); art. 79, inc. e)] 6.803,32 13.606,64 20.409,96
D) Deducción especial [art. 23, inc. c); art. 79, incs, a), b) y c)] 32.655,94 65.311,88 97.967,82
E) Primas de seguro [art. 81, inc. b)] (1) 83,01 166,02 249,03
F) Gastos de sepelio (art. 22) (1) 83,01 166,02 249,03

Nota:
(1) El importe de las primas de seguros y gastos de sepelio ha sido incorporado por la Editorial, atento a que tales deducciones continúan vgentes.
- Cuando se trate de las rentas provenientes de jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie, mencionadas en el inc. c) del art. 79 de la ley del gravamen¡ las deducciones por ganancias no imponibles y deducción especial -previstas en los incs. a) y c) del art. 23 respectivamente-, serán reemplazadas por una deducción específica equivalente a seis (6) veces la suma de los haberes mínimos garantizados que fije la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) en los meses de marzo y septiembre de cada año, siempre que esta última suma resulte superior a la suma de las deducciones antedichas.

ESCALA DEL IMPUESTO APLICABLE PARA EL TRIMESTRE ENERO/MARZO 2018:

Tramos de Escala (art.90)Importes Acumlados
MesGanancia neta imponble acumuladaPagarán
De más de $A $$Más elSobre el excedente de
Enero02.146,17-5%0
2.146,774.292,33107,319%2.146,17
4.292,336.438,50300,46l2%4.292,33
6.438,508.584,67558,0015%6.438,50
8.584,6712.877,00879,9319%8.584,67
12.877,0017.169,331.695,4723%12.877,00
17.169,3325.754,002.682,7127%17.169,33
25.754,0034.338,675.000,573L%25.754,00
34.338,67en adelante7.667,8235%34.338,67
Febrero 04.292,33-5%0
4.292,338.584,67214,629%4.292,33
8.584,6712.877,00600,9312%8.584,67
12.877,0017.169,331.116,0115%12.477,00
17.169,3325.754,001.759,8619%17,169,33
25,754,0034.338,673.390,9423%25.754,00
34.338,6751.508,005.365,4227%34.338,67
51.508,0068.677,3310.001,143l%51.508,00
68.677,33en adelante15.323,6335%68.677,33
Marzo 06.438,50-5%0
6.438,5012.877,O0321,939%6.438,50
12.877,0019.315,50901,3912%12.877,00
19.315,5025.754,001.674,0715%19.315,50
25.754,0038.631,002.639,7919%25.754,00
38.631,0051.508,005.086,4223%38.631,00
51.508,0077.262,008.048,1327%51.508,00
77.262,00103.016,0015.001,7131%77.262,00
103.016,00en adelante22.985,4535%103.016,00

Creado: 2018-01-04 00:00:00  Autor: Estudio_DAmbrosio

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